Un Tribunal de Milán da la razón a Nintendo contra quienes venden equipos manipulados

Desde Nintendo Ibérica me cuentan que Tribunal de Milán de Primera Instancia ha emitido su decisión en contra de PC Box s.r.l., en el caso en el que Nintendo demandaba a esta empresa por la distribución y venta de dispositivos que violan las medidas de seguridad implantadas por Nintendo en sus consolas, con el objetivo de permitir que éstas reproduzcan copias no autorizadas de videojuegos legítimos descargadas de Internet.

Esto es lo añaden desde Nintendo:"

La decisión sigue la recomendación recibida del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al que el Tribunal de Milán había planteado dos cuestiones sobre la interpretación de las provisiones de la legislación europea sobre derechos de autor que permiten a los titulares de dichos derechos implementar medidas anti-piratería.
La decisión preliminar del TJUE que derivó de estas cuestiones proporcionó a los tribunales de los Estados miembros un marco con el que evaluar si las medidas anti-piratería son proporcionadas y, en consecuencia, lícitas. La decisión del Tribunal de Milán sobre este asunto es, por tanto, la primera vez que un tribunal de un Estado miembro aplica la recomendación del TJUE en esta materia.
El Tribunal de Milán ha determinado que el principal propósito de los dispositivos de elusión de medidas anti-piratería, como las tarjetas R4 y los dispositivos mod chips, es el de eludir las medidas de seguridad para permitir jugar a juegos piratas. También ha determinado que las medidas tecnológicas de protección de Nintendo son totalmente proporcionadas y, en consecuencia, protegidas por la ley de derechos de autor italiana.
La sentencia está en línea con una larga lista de precedentes judiciales establecidos en los tribunales nacionales de Estados miembros como Bélgica, Francia, Alemania, Holanda, España y Reino Unido. La decisión está además totalmente en línea con varias sentencias del Tribunal Supremo de Italia (División Criminal) en contra de vendedores de dispositivos de elusión de medidas anti-piratería, así como con una sentencia reciente de los tribunales criminales de apelación de Florencia, que confirmaron una sentencia criminal de primera instancia en contra de los propietarios de PC Box.
Esta tendencia ha sido recientemente confirmada en España por varias sentencias de primera instancia en los meses pasados (dos en La Coruña y una en Sevilla), y por una de la Audiencia Provincial de Vizcaya en octubre de este año, la cual confirmaba una sentencia previa de un Juzgado de lo Penal de Bilbao contra los dueños de la empresa española Myrtle LLC. Esto, junto al nuevo artículo 270.6 del Código Penal que entró en vigor en julio de este año, ha clarificado aún más que estas actividades son ilegales y están sujetas a penas de cárcel, daños y perjuicios, y multas.  "