
Destaca que, ahora, en las facturas que reciban los usuarios deberá desglosarse la parte que se paga al operador por la llamada de la que se paga al prestador del servicio. De este modo, si el usuario no está de acuerdo con esta última y paga sólo la parte del servicio telefónico, este último no podrá ser suspendido por el operador.
Los usuarios tendrán el llamado “derecho de desconexión”, es decir, podremos dirigirnos al operador para que éste inhabilite la posibilidad de acceder a estos números. Aquel usuario que ejerza este derecho no podrá llamar a estos números desde su línea telefónica.
Además, la resolución contiene una clasificación de los servicios prestados a través del número 905. En función de la cuarta cifra, los usuarios podrán obtener información acerca del servicio prestado y del precio del mismo. Se establecen tres niveles de precios, que van desde 30 céntimos hasta 1,2 euros por llamada desde las redes fijas, prohibiéndose la facturación por tiempo.