Entra en vigor el Código de Conducta para los "905"

El Código de Conducta que regula los números 905 como servicios de tarificación entrará en vigor a las 00.00 horas del miércoles, 21 de octubre. A partir de ese momento, los prestadores de estos servicios deberán cumplir una serie de normas que garantizan una mayor información a los usuarios.
Novedades del Código de Conducta
Clasificación de los servicios
· Televoto: el usuario sólo marca el número de teléfono, sin tener que intervenir verbalmente, para seleccionar o votar por una determinada opción.
· Servicios de ocio: el usuario llama para intervenir verbalmente en un evento, como los concursos emitidos por televisión.
Locución informativa
En cada llamada que se realice a estos números, el usuario deberá recibir una locución que le informe del precio por llamada, el responsable del servicio. De este modo se garantiza que el usuario está suficientemente informado sobre el coste de la llamada.
En los servicios de ocio la locución deberá también informar sobre el servicio prestado. Tendrá una duración mínima de ocho segundos, que estarán seguidos de otros tres segundos, en los que el usuario, a la vista de la información proporcionada, podrá interrumpir la llamada. En ese caso, únicamente se le podrá facturar la parte correspondiente al operador por la llamada, y no la correspondiente a la participación en el evento.
Rótulos informativos
Cuando se trate de concursos en los que se propicien las llamadas de los usuarios para participar (los llamados Call TV), en la pantalla deberá aparecer en todo momento un rótulo informativo sobre el número de llamadas recibidas por el concurso en los últimos diez minutos. De esta manera, el usuario dispondrá de mayor información sobre sus posibilidades reales de acceder al concurso.Además, durante el tiempo que el número telefónico esté en pantalla deberá aparecer el precio por llamada y el responsable por servicio. Esta información deberá aparecer de forma estática y con caracteres legibles para el espectador.
Publicidad de los servicios
Toda forma de publicidad de los servicios (incluyendo prensa, radio, televisión e Internet), deberá incluir información sobre el precio por llamada, el servicio prestado y el responsable del mismo, incluyendo un domicilio para posibles reclamaciones.
Llamadas compulsivas
El Código de Conducta introduce mecanismos para evitar que se llame de manera compulsiva a los concursos sin contar con la información necesaria.
En este sentido, la locución previa garantiza una información sobre el precio en cada una de las llamadas que se realiza y obliga a esperar un mínimo de tiempo entre llamada y llamada.
Además, el rótulo que debe figurar en la pantalla informando sobre el número de llamadas que recibe el concurso ayuda al espectador a tomar una decisión informada sobre su participación.
Por último, en los programas dirigidos a la infancia o la juventud está prohibido incitar a llamar de manera compulsiva.
Incumplimiento del Código de Conducta
El incumplimiento de cualquiera de los preceptos del Código de Conducta puede denunciarse ante la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional. Si se constata que ha habido incumplimiento se le retirará al prestador del servicio el número con el que haya cometido la infracción.